Política
El Pleno aprueba el presupuesto de 2014 con una bajada del IBI a los ciudadanos
27 de Diciembre de 2013. 13:38
- Nota de Prensa Ayto Majadahonda
El Pleno la Corporación Municipal en el Ayuntamiento de Majadahonda ha aprobado hoy, de forma definitiva, el presupuesto municipal del año que viene, que asciende a 69.526.813 euros y contiene una bajada del impuesto sobre bienes inmuebles de 2014 en un 10%.
El Pleno la Corporación Municipal en el Ayuntamiento de Majadahonda ha aprobado hoy, de forma definitiva, el presupuesto municipal del año que viene, que asciende a 69.526.813 euros y contiene una bajada del impuesto sobre bienes inmuebles de 2014 en un 10%.
Los cuatro ejes fundamentales de este presupuesto son el mantenimiento de los servicios, la reducción del esfuerzo fiscal a los ciudadanos, la garantía de la financiación de las inversiones y el cumplimiento de las obligaciones económicas en los plazos establecidos por la Ley, de manera que se garantiza la seguridad para personas y empresas que contratan con este Ayuntamiento.
Para el alcalde, Narciso de Foxá: "estos presupuestos continúan en la senda de la obtención de resultados positivos al cierre de cada ejercicio y están basados en la coherencia, recogiendo la reducción del recibo del Ibi a los ciudadanos y un incremento de la ayuda a la cooperación. En definitiva, son unos presupuestos sociales y responsables" Hay que destacar que el Ayuntamiento de Majadahonda no ha tenido que recurrir a ningún mecanismo de pago a proveedores del Gobierno de España ni a ningún tipo de endeudamiento financiero para el cumplimiento de sus obligaciones.
El presupuesto disminuye un 1,08% respecto al del año anterior y, en materia de gastos, recoge un ajuste de las previsiones en capítulo de personal, una reducción del gasto de la deuda y muy poca variación de los gastos por trasferencias corrientes. Además, recoge inversiones destinadas, fundamentalmente, a deportes, colegios y vías públicas.
En el Pleno también se han aprobado, de forma inicial, las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas de emergencia en supuestos de viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y dación en pago como consecuencia de situaciones de especial vulnerabilidad.
Entre los requisitos que figuran en estas bases destaca que la vivienda objeto de la ejecución haya sido de forma ininterrumpida la vivienda habitual del solicitante y que el titular de la misma solo tenga esa casa en propiedad.
Los cuatro ejes fundamentales de este presupuesto son el mantenimiento de los servicios, la reducción del esfuerzo fiscal a los ciudadanos, la garantía de la financiación de las inversiones y el cumplimiento de las obligaciones económicas en los plazos establecidos por la Ley, de manera que se garantiza la seguridad para personas y empresas que contratan con este Ayuntamiento.
Para el alcalde, Narciso de Foxá: "estos presupuestos continúan en la senda de la obtención de resultados positivos al cierre de cada ejercicio y están basados en la coherencia, recogiendo la reducción del recibo del Ibi a los ciudadanos y un incremento de la ayuda a la cooperación. En definitiva, son unos presupuestos sociales y responsables" Hay que destacar que el Ayuntamiento de Majadahonda no ha tenido que recurrir a ningún mecanismo de pago a proveedores del Gobierno de España ni a ningún tipo de endeudamiento financiero para el cumplimiento de sus obligaciones.
El presupuesto disminuye un 1,08% respecto al del año anterior y, en materia de gastos, recoge un ajuste de las previsiones en capítulo de personal, una reducción del gasto de la deuda y muy poca variación de los gastos por trasferencias corrientes. Además, recoge inversiones destinadas, fundamentalmente, a deportes, colegios y vías públicas.
En el Pleno también se han aprobado, de forma inicial, las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas de emergencia en supuestos de viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y dación en pago como consecuencia de situaciones de especial vulnerabilidad.
Entre los requisitos que figuran en estas bases destaca que la vivienda objeto de la ejecución haya sido de forma ininterrumpida la vivienda habitual del solicitante y que el titular de la misma solo tenga esa casa en propiedad.
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