Municipio
El Ayuntamiento de Majadahonda se adhiere al fondo de viviendas para afectados por desahucios
21 de Marzo de 2013. 13:34
- Nota de Prensa Ayto Majadahonda
El Ayuntamiento de Majadahonda se ha adherido al convenio alcanzado por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Administración central, el Banco de España y entidades financieras para crear un fondo social de viviendas en alquiler destinado a familias que hayan sido desalojadas de su hogar a partir del 1 de enero de 2008 y se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
El Ayuntamiento de Majadahonda se ha adherido al convenio alcanzado por la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Administración central, el Banco de España y entidades financieras para crear un fondo social de viviendas en alquiler destinado a familias que hayan sido desalojadas de su hogar a partir del 1 de enero de 2008 y se encuentren en situación de vulnerabilidad social.
El objetivo es dar una rápida respuesta a la necesidad de alojamiento para reducir el drama social de las familias que hayan sido desahuciadas de su vivienda habitual por impago de un préstamo hipotecario.
La iniciativa partió de la FEMP que consiguió la adhesión de los ministerios de Economía y Competitividad; Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el de Fomento, los bancos y la Plataforma del Tercer Sector.
El fondo está constituido por 6.000 casas, aportadas por las entidades financieras, a las que podrán acceder las familias desahuciadas que cumplan los requisitos establecidos en el acuerdo y que serán valorados. Los servicios sociales municipales se encargarán de establecer un orden de prioridad tras analizar y valorar las necesidades o el riesgo social del solicitante.
La renta del alquiler mensual será de 150 € como mínimo y 400 € como máximo y el contrato durará dos años, con la posibilidad de ampliarlo un año más si persisten las mismas condiciones de la situación familiar.
Además de los requisitos mencionados, para acceder a esta reserva de casas es necesario que, en el momento de presentar la solicitud, los ingresos de los miembros de la unidad familiar no superen el límite de tres veces el indicador público de renta a efectos múltiples y que ninguno de ellos sea propietario de otra vivienda en propiedad o tenga el derecho de usufructo.
En cuanto a la característica de ‘especial vulnerabilidad’, este supuesto incluye a las familias numerosas y a las monoparentales con dos o más hijos, así como a los núcleos familiares que tengan a su cargo menores de tres años, personas con discapacidad superior al 33 %, víctimas de la violencia de género y aquellos casos en los que el deudor hipotecario desalojado se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones.
El objetivo es dar una rápida respuesta a la necesidad de alojamiento para reducir el drama social de las familias que hayan sido desahuciadas de su vivienda habitual por impago de un préstamo hipotecario.
La iniciativa partió de la FEMP que consiguió la adhesión de los ministerios de Economía y Competitividad; Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el de Fomento, los bancos y la Plataforma del Tercer Sector.
El fondo está constituido por 6.000 casas, aportadas por las entidades financieras, a las que podrán acceder las familias desahuciadas que cumplan los requisitos establecidos en el acuerdo y que serán valorados. Los servicios sociales municipales se encargarán de establecer un orden de prioridad tras analizar y valorar las necesidades o el riesgo social del solicitante.
La renta del alquiler mensual será de 150 € como mínimo y 400 € como máximo y el contrato durará dos años, con la posibilidad de ampliarlo un año más si persisten las mismas condiciones de la situación familiar.
Además de los requisitos mencionados, para acceder a esta reserva de casas es necesario que, en el momento de presentar la solicitud, los ingresos de los miembros de la unidad familiar no superen el límite de tres veces el indicador público de renta a efectos múltiples y que ninguno de ellos sea propietario de otra vivienda en propiedad o tenga el derecho de usufructo.
En cuanto a la característica de ‘especial vulnerabilidad’, este supuesto incluye a las familias numerosas y a las monoparentales con dos o más hijos, así como a los núcleos familiares que tengan a su cargo menores de tres años, personas con discapacidad superior al 33 %, víctimas de la violencia de género y aquellos casos en los que el deudor hipotecario desalojado se encuentre en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones.
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