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El Ayuntamiento de Majadahonda recuerda sus obligaciones a los propietarios de mascotas

3 de Abril de 2017. 17:29 - Ayuntamiento de Majadahonda
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A través de un folleto informativo, editado por la Concejalía de Consumo, Vigilancia y Control de Animales, el Consistorio recuerda la obligatoriedad de censar a las mascotas y las responsabilidades que los dueños de perros y gatos tienen que cumplir.

A través de un folleto informativo, editado por la Concejalía de Consumo, Vigilancia y Control de Animales, el Consistorio recuerda la obligatoriedad de censar a las mascotas y las responsabilidades que los dueños de perros y gatos tienen que cumplir.

Todos los propietarios de mascotas pueden censarlas de forma gratuita rellenando un impreso donde aparecen los datos de especie animal, raza, sexo, fecha de nacimiento, código de identificación, domicilio y datos del propietario, entre otros. El trámite puede hacerse de forma presencial en la Concejalía (Plaza Mayor, 3. Soportales del Ayuntamiento) o por correo electrónico a animalesdomesticos@majadahonda.org.

Además, el folleto informa sobre las obligaciones recogidas en la ordenanza municipal de animales domésticos:

- Pasear con correa para evitar temor o malestar. En los espacios públicos o privados de uso común, los animales de compañía habrán de circular acompañados y conducidos mediante cadena o cordón resistente. Además, los animales peligrosos tendrán que llevar bozal.
- El propietario será responsable de daños y molestias a personas o bienes. Así, por ejemplo, se prohíbe la permanencia continuada de perros en terrazas, galerías o balcones de 15.00 a 17.00 horas y de 22.00 a 08.00 horas.
- Los perros habrán de estar vacunados contra la rabia a partir de los 3 meses de edad y las sucesivas revacunaciones se harán, obligatoriamente, una vez al año.
- Está prohibido golpear, infligir cualquier daño o abandonar a las mascotas.
- Es obligatorio recoger los excrementos caninos en todos los espacios, tanto públicos como privados de uso común, de forma inmediata. No hacerlo supone sanciones que oscilan entre los 50 y los 3.000 euros según se incluye en la Ordenanza de Actos Incívicos y Vandálicos.

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