Política
Aprobada por unanimidad la Moción de Centristas Majadahonda sobre exenciones fiscales de la Fundaciones
20 de Marzo de 2013. 17:35
- Nota de Prensa Centristas de Majadahonda
Centristas Majadahonda ha presentado una moción en el pleno de esta mañana que ha sido aprobada tanto por el Equipo de Gobierno como por los partidos de la Oposición obteniendo así la unanimidad de todos los partidos. En la moción se solicitaba que “se acometa un plan de inspección, por el Órgano municipal que corresponda, para comprobar la veracidad de todos los extremos que dan lugar a las exenciones del IBI, con objeto de certificar si, las Fundaciones u otras Entidades de utilidad o interés publico a las que se ha reconocido dicha exención
Centristas Majadahonda ha presentado una moción en el pleno de esta mañana que ha sido aprobada tanto por el Equipo de Gobierno como por los partidos de la Oposición obteniendo así la unanimidad de todos los partidos.
En la moción se solicitaba que “se acometa un plan de inspección, por el Órgano municipal que corresponda, para comprobar la veracidad de todos los extremos que dan lugar a las exenciones del IBI, con objeto de certificar si, las Fundaciones u otras Entidades de utilidad o interés publico a las que se ha reconocido dicha exención, cumplen en la actualidad, las exigencias del art. 3 de la Ley 49/2002 sobre “Régimen fiscal de las entidades sin ánimo lucrativo y de incentivos fiscales de mecenazgo”.
Mercedes Pedreira, portavoz del Grupo, explicaba que “en los últimos tiempos se ha incrementado el numero de solicitudes de exenciones en el IBI respecto a fincas, supuestamente dedicadas a viviendas pero que aparecen como pertenecientes a Fundaciones, que alegan poderse acoger al régimen fiscal de la entidades sin animo de lucro a que se refiere la Ley 49/2002”. Además, continúa diciendo, “mucho nos tememos que, en algunos casos, estaríamos ante un posible fraude, que resulta más sangrante aún, cuando los vecinos de Majadahonda estamos sometidos a una presión fiscal elevadísima precisamente en relación con el IBI y las plusvalías”.
El artículo 3 de la Ley 49/2002 establece una serie de requisitos para que una Fundación pueda considerarse sin fines lucrativos y por tanto solicitar la exención de determinados impuestos. Esos requisitos se refieren a las actividades, rentas, características de los patronos, etc. Y solo de cumplirse todas las exigencias tendrían derecho a la exención.
“Entendemos que es necesario que por parte del Ayuntamiento se acometa un plan de inspección, sobre todas las Fundaciones que han solicitado la exención de IBI, para comprobar si, en la actualidad, reúnen todos los requisitos legales, más allá de los meramente formales, para obtener la misma y en su caso revisar las exenciones que pudieran haberse concedido injustificadamente”, termina diciendo Pedreira.
En la moción se solicitaba que “se acometa un plan de inspección, por el Órgano municipal que corresponda, para comprobar la veracidad de todos los extremos que dan lugar a las exenciones del IBI, con objeto de certificar si, las Fundaciones u otras Entidades de utilidad o interés publico a las que se ha reconocido dicha exención, cumplen en la actualidad, las exigencias del art. 3 de la Ley 49/2002 sobre “Régimen fiscal de las entidades sin ánimo lucrativo y de incentivos fiscales de mecenazgo”.
Mercedes Pedreira, portavoz del Grupo, explicaba que “en los últimos tiempos se ha incrementado el numero de solicitudes de exenciones en el IBI respecto a fincas, supuestamente dedicadas a viviendas pero que aparecen como pertenecientes a Fundaciones, que alegan poderse acoger al régimen fiscal de la entidades sin animo de lucro a que se refiere la Ley 49/2002”. Además, continúa diciendo, “mucho nos tememos que, en algunos casos, estaríamos ante un posible fraude, que resulta más sangrante aún, cuando los vecinos de Majadahonda estamos sometidos a una presión fiscal elevadísima precisamente en relación con el IBI y las plusvalías”.
El artículo 3 de la Ley 49/2002 establece una serie de requisitos para que una Fundación pueda considerarse sin fines lucrativos y por tanto solicitar la exención de determinados impuestos. Esos requisitos se refieren a las actividades, rentas, características de los patronos, etc. Y solo de cumplirse todas las exigencias tendrían derecho a la exención.
“Entendemos que es necesario que por parte del Ayuntamiento se acometa un plan de inspección, sobre todas las Fundaciones que han solicitado la exención de IBI, para comprobar si, en la actualidad, reúnen todos los requisitos legales, más allá de los meramente formales, para obtener la misma y en su caso revisar las exenciones que pudieran haberse concedido injustificadamente”, termina diciendo Pedreira.
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